Día de las Personas Cuidadoras: derechos ganados y pendientes

Día de las Personas Cuidadoras: derechos ganados y evolución del sector

Cada 5 de noviembre se celebra el Día Internacional de las Personas Cuidadoras, una fecha para reconocer a quienes cuidan de personas mayores, enfermas o en situación de dependencia. En España, una parte enorme de ese trabajo la hacen cuidadoras contratadas por familias y dadas de alta en el Sistema Especial de Empleados de Hogar. Los derechos de las cuidadoras han cambiado más en los últimos cuatro años que en las tres décadas anteriores.

En este artículo repasamos ese camino, qué garantiza hoy la ley a una cuidadora y qué tiene que hacer una familia que contrata para cumplir en 2026. Porque el mejor reconocimiento a quien cuida es que su trabajo esté en regla.

Aspectos clave del sector de cuidados:
• El 5 de noviembre se reconoce la labor de cuidadores familiares y profesionales.
• Una cuidadora contratada por un particular es una trabajadora del Sistema Especial de Empleados de Hogar: contrato, alta en la Seguridad Social, salario mínimo, vacaciones, descansos y, desde 2022, derecho a paro.
• Desde el 14 de noviembre de 2025, la familia empleadora debe evaluar los riesgos laborales del domicilio.
• Desde el 5 de octubre de 2026, debe entregar por escrito las condiciones esenciales del trabajo.

¿Qué es el Día Internacional de las Personas Cuidadoras?

Es la jornada dedicada a visibilizar y agradecer el trabajo de las personas que cuidan de otras por su situación de dependencia, edad, enfermedad o discapacidad. Fue declarada por la Asamblea General de Naciones Unidas en 2014 y reconoce tanto a cuidadores familiares como a profesionales.

Esa doble realidad importa, porque la ley trata a cada figura de forma distinta:

  • Cuidador no profesional: un familiar que cuida en casa, normalmente con una prestación de dependencia.
  • Cuidadora profesional contratada por una familia: una trabajadora por cuenta ajena cuyo empleador es el titular del hogar familiar, nunca una empresa.

Este artículo se centra en la segunda figura, la que gestionamos a diario en Gestoría en Casa. Al final dedicamos un apartado a comparar las dos.

¿Quién cuida en España? el sector del hogar en cifras

El empleo de hogar es un sector pequeño en afiliación, pero sostiene el cuidado diario de miles de personas mayores. Algunos datos para dimensionarlo:

  • En septiembre de 2024, el Gobierno cifraba en 367.900 las personas que trabajan como empleadas de hogar, más del 95% mujeres.
  • Uno de cada dos trabajadores del Sistema Especial tiene más de 50 años (datos de diciembre de 2023).
  • En octubre de 2026 el Sistema Especial de Empleados de Hogar sumó 12.295 afiliados en un solo mes (+3,2%).
  • A 31 de enero de 2026, 99.027 cuidadores familiares estaban dados de alta en el convenio especial de cuidadores no profesionales.

Detrás de cada cifra hay una familia que necesita ayuda y una persona que la presta. Por eso conviene saber qué derechos tiene esa persona y cómo se han conseguido.

De la invisibilidad a los derechos: cronología del empleo de hogar en España

Durante décadas, el trabajo en el hogar tuvo menos protección que cualquier otro empleo: sin paro, con despido libre y sin prevención de riesgos. Esta es la secuencia de normas que ha ido cerrando esas diferencias.

Día Internacional de las Personas Cuidadoras

De 1985 a 2026: así han ganado derechos las cuidadoras

Hitos del Sistema Especial de Empleados de Hogar en España

  1. Real Decreto 1424/1985

    Relación laboral especial

    Primera regulación del trabajo en el hogar familiar.

  2. Convenio 189 OIT · Real Decreto 1620/2011

    Trabajo decente y nueva regulación

    Contrato, salario mínimo, jornada y descansos. Sigue siendo la norma de referencia.

  3. Integración en el Régimen General

    Nace el Sistema Especial

    Las empleadas de hogar pasan al Régimen General de la Seguridad Social.

  4. Real Decreto-ley 16/2022

    Paro, FOGASA y despido con causa

    Cotización por desempleo desde octubre y fin del desistimiento libre.

  5. Lagunas · Convenio 189 en vigor · RD 893/2024

    Más pensión y prevención de riesgos

    Integración de lagunas para la jubilación y regulación de la seguridad y salud en el hogar.

  6. Desde el 14 de noviembre

    Evaluación de riesgos obligatoria

    La familia empleadora debe evaluar los riesgos del domicilio.

  7. Real Decreto 126/2026 · Real Decreto 723/2026

    SMI de 1.221 € y condiciones por escrito

    9,55 €/hora para externas por horas. Información escrita del contrato desde el 5 de octubre.

Fuente: BOE y Seguridad Social. Datos a noviembre de 2026.gestoriaencasa.es

Derechos cuidadoras en 2022: paro, FOGASA y el fin del despido sin causa

El Real Decreto-ley 16/2022 fue el gran punto de inflexión. Las cuidadoras empezaron a cotizar por desempleo el 1 de octubre de 2022, de modo que hoy pueden cobrar el paro si cumplen los requisitos generales. También quedaron cubiertas por el FOGASA en caso de insolvencia del empleador.


El cambio más profundo fue otro: desapareció el desistimiento libre. Hoy la familia solo puede extinguir el contrato por causas concretas, como la disminución de ingresos, una modificación sustancial de las necesidades familiares o la pérdida de confianza, y siempre con preaviso e indemnización.

El sector entre 2024 y 2025: la casa también es un lugar de trabajo

El Real Decreto 893/2024 reconoce que una cuidadora tiene derecho a la misma protección frente a riesgos laborales que cualquier otra persona trabajadora. En la práctica, la familia debe:

1. Evaluar los riesgos del domicilio. Puede hacerlo gratis con Prevención10, la herramienta pública del INSST.
2. Informar y formar a la cuidadora sobre esos riesgos y las medidas para evitarlos.
3. Facilitar la vigilancia de la salud, con reconocimientos médicos gratuitos para la trabajadora.

En el cuidado de personas mayores esto tiene mucho sentido: movilizar a alguien de la cama a la silla, el aseo o los suelos mojados son los riesgos más habituales del puesto.

Cambios en 2026: salario mínimo y condiciones por escrito

El SMI de 2026 es de 1.221€ al mes en 14 pagas para una jornada completa. Una cuidadora externa que trabaja por horas no puede cobrar menos de 9,55 € por hora efectivamente trabajada.

Desde el 5 de octubre de 2026, el Real Decreto 723/2026 obliga a entregar por escrito los elementos esenciales del contrato cuando la relación dura más de cuatro semanas. Si el contrato escrito ya lo recoge todo, la obligación está cumplida. Si la cuidadora ya trabajaba antes, puede pedir esa información y la familia tiene 30 días hábiles para dársela.

Derechos de las cuidadoras en 2026: lo que la ley garantiza

En esta tabla resumimos los derechos de una cuidadora contratada por una familia y qué implica cada uno para quien la emplea.

Los derechos de las cuidados en un vistazo
DerechoQué incluyeQué debe hacer la familia
Contrato e informaciónContrato y condiciones esenciales por escritoFirmarlo antes de empezar y entregar copia
Alta en la Seguridad SocialCobertura desde el primer día de trabajoTramitar el alta antes del inicio
Salario mínimo1.221 €/mes en 14 pagas o 9,55 €/hora (externas por horas)Revisar el salario cada vez que sube el SMI
Jornada y descansosMáximo 40 horas semanales, 12 horas entre jornadas y 36 horas seguidas de descanso semanalPactar y registrar la jornada
Vacaciones y festivos30 días naturales al año y 14 festivosPlanificar las vacaciones con tiempo
Incapacidad temporalPrestación durante la baja médicaComunicar y gestionar la baja
Desempleo y FOGASAParo al terminar el contrato, si cumple requisitosCotizar por desempleo (con bonificación del 80%)
Prevención de riesgosEvaluación, información, formación y vigilancia de la saludHacer la evaluación y actualizarla si cambian las condiciones
JubilaciónPensión con integración de lagunas de cotizaciónMantener el alta y las cotizaciones al día
Extinción con causaPreaviso, indemnización y finiquitoComunicarlo por escrito con la causa

Cuidadora interna: la modalidad que más dudas genera

Entre los comentarios de nuestro blog y las dudas más frecuentes de nuestros clientes, la mayoría de preguntas llegan por el régimen interno. Lo esencial que siempre queremos transmitir a familias y cuidadoras:

  • Vivir en la casa no es trabajar 24 horas. La jornada sigue siendo de 40 horas semanales. El resto es tiempo de descanso o de convivencia.
  • El tiempo de presencia se pacta y se paga. Si la familia necesita que la cuidadora esté disponible fuera de su jornada, por ejemplo de noche, debe compensarlo con salario o descanso.
  • Descansos propios del régimen interno. Tiempo para las comidas principales, que no computan como jornada, y descanso nocturno.
  • Habitación y condiciones dignas. Un espacio propio y adecuado para descansar.

Lo explicamos con detalle en nuestra guía sobre empleada de hogar interna: derechos y obligaciones.

Cuidadora profesional o cuidador familiar: dos figuras, dos protecciones

Muchas familias combinan ambas figuras: un hijo o una hija que cuida y una cuidadora contratada que cubre parte de la jornada. Conviene no confundirlas, porque los trámites son distintos.

Comparativa de un vistazo
No profesionalCuidador familiar ProfesionalCuidadora contratada por la familia
Quién esFamiliar designado como cuidador en el Programa Individual de Atención (PIA) de dependenciaTrabajadora por cuenta ajena; el empleador es el titular del hogar
RelaciónNo hay relación laboralRelación laboral especial del servicio del hogar familiar
CotizaciónConvenio especial de cuidadores no profesionalesSistema Especial de Empleados de Hogar
Quién paga las cuotasLa Administración General del Estado, desde abril de 2019La familia, con bonificaciones (20% en contingencias comunes y 80% en desempleo y FOGASA, hasta el 45% en algunos casos)
Dónde se tramitaTesorería General de la Seguridad Social, mejor dentro de los 90 días siguientes a la resolución de dependenciaAlta de la trabajadora en la Seguridad Social antes de que empiece a trabajar

Si en tu familia hay una prestación de dependencia y además quieres contratar a una cuidadora, consulta con los servicios sociales de tu comunidad cómo afecta la contratación a esa prestación antes de firmar.

Los 'asuntos pendientes' en el sector de los cuidados

Los avances son reales, pero el sector todavía tiene debates pendientes. Los más citados son estos:

  • Cotización por tramos. Las empleadas de hogar siguen cotizando por tramos de salario, en lugar de por su salario real como el resto del Régimen General.
  • Sin convenio colectivo propio. Las condiciones las fija la normativa general y lo que pacten las partes.
  • Economía sumergida. Una parte del trabajo de cuidados sigue sin contrato ni alta, y eso deja sin protección a la cuidadora y expuesta a la familia.
  • Apoyo a los cuidadores familiares. Plataformas de cuidadoras principales reclaman más reconocimiento, recursos y descanso para quienes cuidan sin ser profesionales.

En Gestoría en Casa no hacemos las leyes, pero sí ayudamos a que se cumplan. Un sector más regularizado es mejor para las cuidadoras y también para las familias, que ganan seguridad jurídica y tranquilidad.

Cómo reconocer el trabajo de tu cuidadora más allá del 5 de noviembre

Un mensaje de agradecimiento hoy está muy bien. Que su situación laboral esté en orden todo el año es lo que de verdad la protege. Esta lista sirve para revisarlo en diez minutos:

  1. Contrato firmado y condiciones esenciales entregadas por escrito.
  2. Alta en la Seguridad Social anterior al primer día de trabajo.
  3. Salario igual o superior al SMI de 2026, con nómina mensual.
  4. Registro de jornada con horas, descansos y, si es interna, tiempo de presencia.
  5. Evaluación de riesgos hecha y comunicada a la cuidadora.
  6. Vacaciones y festivos de 2027 planificados.
  7. Cotizaciones al día y bonificaciones aplicadas.

Si te falta alguna casilla, no te preocupes: en Gestoría en Casa es justo lo que hacemos. Llevamos más de 11 años gestionando trámites laborales de empleadas de hogar en toda España. Nos ocupamos del contrato, el alta, las nóminas y cualquier cambio normativo, online y con un gestor asignado desde el primer día.

Preguntas frecuentes sobre los derechos de las cuidadoras

El 5 de noviembre de cada año. Reconoce a quienes cuidan de personas mayores, enfermas, con discapacidad o en situación de dependencia, tanto familiares como profesionales.

Los de cualquier empleada del Sistema Especial de Empleados de Hogar: contrato, alta en la Seguridad Social, salario mínimo, máximo de 40 horas semanales, descansos, 30 días de vacaciones, 14 festivos, prestación por baja médica, paro, prevención de riesgos y jubilación.

A jornada completa, 1.221 € brutos al mes en 14 pagas. Si es externa y trabaja por horas, 9,55 € brutos por hora efectivamente trabajada, con la parte proporcional de pagas extra y vacaciones incluida.

Sí. Las empleadas de hogar cotizan por desempleo desde el 1 de octubre de 2022, así que pueden cobrar el paro al terminar el contrato si cumplen los requisitos generales de cotización y situación legal de desempleo.

Sí. Desde el 14 de noviembre de 2025 es una obligación de la persona empleadora. Puedes hacerla gratis en Prevención10, la herramienta del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Sí, si está designado como cuidador no profesional en el PIA y la persona dependiente recibe la prestación económica para cuidados en el entorno familiar. Suscribe el convenio especial de cuidadores no profesionales y las cuotas las paga el Estado.

Puede ser una causa justificada de extinción por modificación sustancial de las necesidades de la familia, con preaviso e indemnización. Cada caso tiene matices, así que conviene revisarlo antes de comunicarlo. Lo explicamos en nuestro artículo sobre causas de extinción del contrato.

Cristina Rubio

Especialista en Comunicación Social y Servicio del Hogar Familiar

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