Tener un contrato de trabajo es un derecho de todos los trabajadores, sin importar el trabajo que realicen. Como trabajadores remunerados, los contratos son clave para garantizar que se respeten nuestros derechos como trabajadores y garantizar que estemos protegidos en todas las circunstancias.
Los contratos empleadas del hogar son particularmente importantes, ya que este es un requisito que a menudo se pasa por alto. En España, aproximadamente 200.000 empleados de hogar no tienen contrato de trabajo.
Esto significa que las personas dedicadas al cuidados del hogar están sujetas a trabajos precarios, sin contrato legal y con situaciones que van más allá de su trabajo como empleada de hogar.
Por seguridad y para saber que cada aspecto de la relación laboral entre las partes, en este caso familia y empleada de hogar, se rige por una ley específica, se debe asegurar la buena gestión del servicio en el hogar contratándolos y otorgándoles los derechos y obligaciones que la ley exige.
Tipos de contrato de trabajo empleada del hogar 2021
A la hora de contratar empleada del hogar, puedes encontrar muchos tipos diferentes de contratos en función de las necesidades. El Real Decreto por el que se establece un trato especial para las trabajadoras del hogar, en su artículo 6 establece que, como toda relación laboral, el trabajo puede ser indefinido o temporal.
Antes de la reforma laboral de diciembre de 2021, era necesario que los empleadores que contaban con trabajadoras del hogar formalizar su contratación en función de los siguientes tipos de contratos:
- Contrato indefinido: un contrato indefinido no especifica una fecha de finalización porque es imposible predecir con precisión la fecha de finalización del contrato. Así mismo, puedes contar con un periodo de prueba de hasta 2 meses. Puede ser a tiempo completo (40 horas semanales) o a tiempo parcial (menos de 40 horas semanales).
- Contrato de trabajo temporal o por obra y servicio: Este contrato se ejecuta en caso de que enn el contrato se haya especificado la fecha de finalización y el motivo de la extensión del tiempo. El contrato debe indicar claramente el motivo del período provisional y su duración no debe exceder los 3 años. Cuando pasen 3 años, se volvió indeterminado. Puede ser a tiempo completo (40 horas semanales) o a tiempo parcial (menos de 40 horas semanales).
- Contrato de interinidad: Este contrato es específicamente de trabajo a efectos de sustitución de trabajadores con derechos de reserva de empleo (por ejemplo, incapacidad laboral temporal o maternidad). Este período es siempre temporal y finaliza cuando regresa el trabajador al que sustituyeron.
En diciembre de 2021, el gobierno aprobó el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de reforma laboral. Uno de sus objetivos era reducir la temporalidad al mínimo necesario y así evitar la precariedad en los contratos temporales. Esta nueva normativa, con efectos a partir del 30 de marzo de 2022, también afecta al régimen especial de las trabajadoras del hogar.
¿Qué pasa con los anteriores contratos empleadas del hogar?
Para los contratos de empleadas del hogar, si se firman antes del 31 de diciembre de 2021, se pueden mantener hasta el término anterior, es decir, no más de 3 años. Si se trata de contratos temporales, si se firman antes del 31 de diciembre de 2022, podrán mantenerse hasta que el trabajador desplazado se reincorpore al trabajo.
Los contratos laborales temporales o contratos por obra, desde el 31 de diciembre de 2021 hasta el 30 de marzo de 2022 solo tienen una duración máxima de 6 meses. Después de este período de transición, deben convertirse en un contrato indefinido.
Contrato de trabajo para empleados del hogar a partir del 31 de marzo de 2022
En cuanto a la formalización de los contratos de trabajo como empleados de hogar, el Gobierno ha fijado los siguientes plazos. A partir del 31 de marzo de 2022, si desea contratar a un empleado de hogar, deberá hacerlo bajo los siguientes contratos:
- Contrato indefinido: siempre que no tengas una fecha prevista de finalización o un motivo que justifique la transitoriedad del servicio, deberás celebrar un contrato de duración determinada con un asistente del hogar. Los contratos pueden ser a tiempo completo o a tiempo parcial.
- Contrato eventual por circunstancias de producción: este contrato temporal se puede celebrar siempre que surja una causa temporal y de fuerza mayor. Por tanto, el contrato debe expresar la causa que justifica el empleo, su duración, que no puede exceder de 6 meses, y la relación entre la causa y el período de interinidad. La normativa también permite la utilización de este contrato para sustituir al trabajador durante el período de vacaciones.
- Contrato de sustitución: Este modelo reemplaza un contrato temporal preexistente. El propósito de este contrato es reemplazar el derecho del empleado a programar el trabajo (por ejemplo, licencia por enfermedad, licencia por maternidad, etc.). La diferencia con un contrato temporal es que se puede celebrar 15 días antes de que comience la ausencia del trabajador.
En resumen, si no tiene una buena razón para legalizar un contrato temporal que pueda demostrar claramente (y esto debe explicarse en el contrato), entonces debe legalizar el contrato y transferir el contrato por tiempo indefinido de su empleado de hogar. En la web del SEPE encontrarás una guía práctica que explica los contratos de trabajo así como los formularios oficiales para su legalización.
Modelo contrato de trabajo empleadas del hogar en casa particular antes de la reforma laboral
(Hasta el 30 de diciembre de 2021)
CONTRATO POR OBRA O SERVICIO DETERMINADO
Carácter temporal
401: tiempo completo
501: tiempo parcial
CAUSA Y APLICACIÓN: Se utilizaba para formalizar las contrataciones con una fecha de fin prevista pero incierta.
DURACIÓN: Podía durar 3 años → al cabo de 3 años pasaba a indefinido.
INDEMNIZACIÓN: Indemnización 12 días por año
CONTRATO INTERINIDAD
Carácter temporal
410: tiempo completo
510: tiempo parcial
CAUSA Y APLICACIÓN: Se utiliza específicamente para sustituciones por maternidad/paternidad/riesgo durante el embarazo debido a su bonificación.
DURACIÓN: Duraba el tiempo de la sustitución.
Una vez finalizada la sustitución, si se continua con el trabajador se modifica el tipo de contrato
INDEMNIZACIÓN: No contempla
CONTRATO INDEFINIDO
100: tiempo completo
200: tiempo parcial
Se utilizaba para aquellos contratos que no tienen causa específica para la temporalidad.
DURACIÓN: indefinida
INDEMNIZACIÓN: depende de la causa de fin del contrato.
Contrato de trabajo para empleadas del hogar en el periodo transitorio de la reforma laboral
(desde el 31 de diciembre de 2021 hasta el 30 de marzo de 2022)
CONTRATO POR OBRA O SERVICIO DETERMINADO
Contrato temporal
CAUSA Y APLICACIÓN: Se podía utilizar de forma temporal siempre que hubiera causa para la misma.
DURACIÓN: Solo pueden durar 6 meses desde la fecha de alta, después se deberán convertir a contratos indefinidos.
INDEMNIZACIÓN: 12 días por año
Los contratos por obra celebrados antes de la reforma laboral pueden mantener su duración anterior (3 años) se rigen por la anterior normativa.
CONTRATO INTERINIDAD
Contrato temporal
CAUSA Y APLICACIÓN: Se utiliza para sustituciones para trabajadores en SITUACIÓN DE BAJA MÉDICA.
DURACIÓN: Mientras dure la sustitución
INDEMNIZACIÓN: No contempla.
CONTRATO INDEFINIDO
CONTRATO POR DEFECTO SI NO HAY CAUSA QUE JUSTIFIQUE TEMPORALIDAD
Modelo de contrato para empleada del hogar tras la nueva regularización de contratos
(del 31 de Marzo de 2022)
CONTRATO POR OBRA Y CONTRATO INTERINIDAD
DESAPARECEN → Ya no se pueden formalizar este tipo de contratos.
CONTRATO INDEFINIDO 100: tiempo completo 200: tiempo parcial
CONTRATO POR DEFECTO SI NO HAY CAUSA QUE JUSTIFIQUE TEMPORALIDAD
CONTRATO SUSTITUCIÓN
410: tiempo completo
510: tiempo parcial
(sustituye interinidad)
CAUSA Y APLICACIÓN: Se utiliza para sustituciones para trabajadores en SITUACIÓN DE BAJA MÉDICA
DURACIÓN: Mientras dure la sustitución
INDEMNIZACIÓN: No contempla.
Diferencia con interinidad: se puede celebrar hasta 15 días antes de la sustitución
CONTRATO EVENTUAL
402: tiempo completo
502: tiempo parcial
CAUSA Y APLICACIÓN:
Para la sustitución de trabajadores en periodo de vacaciones.
Para causas imprevistas y temporales (con fecha de fin cierta).
DURACIÓN: máximo 6 meses.
INDEMNIZACIÓN: 12 días de salario por año trabajado.
En Gestoría en casa contamos con un profesionales en el ámbito laboral encargados de gestionar todos los trámites relacionados con las relaciones laborales y la contratación de empleados del hogar.
Contar con gestores laborales que se mantengan al día con los cambios y actualizaciones de materia laboral puede hacer que sea mucho más fácil contratar empleados del hogar sin preocuparse por el papeleo y saber que todo se hace legalmente.
Para cualquier consulta, ¡no dudes en contactar con nosotros!