En los últimos años, el Régimen Especial Empleadas de Hogar ha experimentado diversas modificaciones legales y normativas que han tenido un impacto directo en las obligaciones de los empleadores hacia sus trabajadores. En este artículo, ofreceremos un breve resumen de los principales cambios ocurridos en el sector de empleadas del hogar y su desarrollo normativo.
El Régimen Especial de la Seguridad Social para las empleadas del hogar
De acuerdo con la Ley General de la Seguridad Social, el sistema de Seguridad Social está compuesto por el Régimen General y los Regímenes Especiales. Estos últimos se consideran especiales debido a las peculiaridades de las actividades profesionales que abarcan, lo cual requiere una regulación específica por parte de las autoridades. El Real Decreto 1424/1985 de 1 de agosto recogía a estos profesionales dentro de un propio régimen especial empleadas de hogar.
El objetivo de esta regulación era equiparar los derechos de las empleadas de hogar con los del resto de trabajadores, ampliando, entre otras cuestiones, la protección de la Seguridad Social ante contingencias comunes y profesionales.
Diferencia entre Régimen General y Especial de la Seguridad Social para empleadas del hogar
Las empleadas del hogar solían estar integradas en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, pero gracias a las últimas actualizaciones laborales, sus derechos como trabajadoras han sido modificados y ampliados en la Seguridad Social.
Entre las modificaciones más destacadas se encuentra el Real Decreto 14620/2011 de 14 de noviembre, que incorporó de manera definitiva a las empleadas del hogar dentro de la Seguridad Social, concretamente creando el Régimen Especial de Empleadas del Hogar y considerándolo como una relación laboral con ciertas particularidades respecto al Régimen General, según el artículo 2 del Estatuto de los Trabajadores. El objetivo de este Real Decreto empleados de hogar es regular y definir el marco legislativo en el que se rige este tipo de relaciones laborales, teniendo en cuenta sus particularidades.
La propia norma, en su preámbulo, hace referencia a las peculiaridades de este sistema especial para empleados de hogar y la necesidad de contar con una normativa específica. Algunos puntos destacables de esta norma son:
- El lugar de prestación de servicios es un domicilio privado, caracterizado por la privacidad de las personas y las familias, a diferencia de una empresa o centro de trabajo donde las personas entran y salen de manera continua, en un entorno económico y lucrativo.
- La confianza especial que debe existir entre el empleador y el trabajador. El empleador confía plenamente en el trabajador, ya que le pone a disposición su domicilio privado y, en muchas ocasiones, el cuidado de sus familiares.
Estas particularidades propias del cuidado del hogar y la asistencia domiciliaria hacen necesario contar con una normativa específica para el desarrollo de este tipo de relación laboral.
A pesar de las intenciones del legislador de equiparar en la medida de lo posible a las empleadas del hogar con el resto de trabajadores convencionales, en los últimos 10 años aún existían diferencias significativas, entre las cuales se incluyen:
Diferencia entre desistimiento y despido empleada hogar
El Real Decreto 1620/2011 permitía terminar el contrato con la trabajadora sin necesidad de alegar o justificar una causa. Siempre que se cumpliera el procedimiento, cualquier empleador podía finalizar el servicio sin tener que justificar las causas de despido empleada de hogar.
La indemnización por despido empleada de hogar era la más reducida en el ámbito laboral, equivalente a 12 días de salario por año trabajado. En el derecho laboral español, el despido es causal y debe estar respaldado por una causa justificada. Sin embargo, en el caso de los empleados de hogar, no era necesario proporcionar una justificación al trabajador para finalizar su contrato de trabajo.
Gracias a la modificación de este decreto, realizada en 2022, se suprimió la figura legal del desistimiento en el sistema de empleadas de hogar, por lo que, para extinguir el contrato empleada del hogar, es necesario justificar el motivo y acogerse a una de las causas que establece el Real Decreto Ley 1620/2022 de 6 de septiembre, en su artículo quinto. Esta medida busca garantizar la estabilidad laboral de las empleadas de hogar y poner fin a la terminación arbitraria de contratos.
Además, se aborda también la situación de desistimiento empleada de hogar y que sea la propia trabajadora la que decida abandonar el puesto de forma voluntaria sin influencia externa. Puedes conocer toda la información sobre las indemnizaciones por despido y finalización de contrato aquí.
Exclusión de cotización desempleo empleadas de hogar y al FOGASA
Los empleados de hogar estaban expresamente excluidos de cotizar y recibir protección por desempleo según la Ley General de la Seguridad Social. Por lo tanto, en caso de finalización de contrato, no tenían derecho a recibir prestación por desempleo empleadas de hogar.
El 6 de septiembre de 2022 con la aprobación del Real Decreto Ley 16/2022, y con el fin de mejorar las condiciones de trabajo y la Seguridad Social de las personas empleadas en el servicio del hogar, se incluyeron los siguientes cambios:
- Obligatoriedad de cotizar para el desempleo y FOGASA desde el 1 de octubre de 2022.
- Desde el 1 de enero de 2023, desaparece la posibilidad de que la trabajadora asuma la responsabilidad de la gestión de los trámites de afiliación, baja y cotización. El empleador es el único responsable de tramitar el alta y de ingresar las cuotas a la Seguridad Social.
- Modificación de las bonificaciones a la Seguridad Social para este colectivo.
Exclusión de prevención de riesgos laborales empleadas del hogar
A pesar de suponer un avance en los derechos de las empleadas de hogar, la existencia de estas exclusiones en el Real Decreto 1620/2011, que estamos abordardo, generaron una situación de lucha por parte de los colectivos, especialmente porque la mayoría de ellos son mujeres y muchas de ellas migrantes. Esto ha llevado a una situación de discriminación simplemente por trabajar en este sector.
No fue hasta septiembre de 2022, cuando se mejoraron y equipararon prácticamente al 100% los derechos de estas trabajadoras, incluyendo a las empleadas de hogar en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, aunque el desarrollo reglamentario todavía está en proceso para su completa implementación.
Derechos de las empleadas de hogar: nueva regulación laboral
En 2019, una trabajadora presentó una demanda contra la Tesorería General de la Seguridad Social por negarle su derecho a cotizar para el desempleo. Junto con su empleadora, la trabajadora decidió acudir a los tribunales europeos, argumentando que la exclusión del desempleo era discriminatoria, dado que más del 95% de los empleados de hogar son mujeres.
Aprovechando esta situación, y en respuesta a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que consideró discriminatorio que los empleados de hogar no tuvieran derecho a la protección por desempleo, el Gobierno decidió modificar aspectos por los que el colectivo de empleados de hogar ha luchado históricamente. Resumimos ocho de las principales modificaciones:
- Las empleadas del hogar tienen derecho al salario mínimo: tienen derecho a recibir el SMI establecido por ley para el año en curso. Puedes consultar el salario mínimo interprofesional 2024 para empleadas de hogar aquí. Además, deben ser dados de alta en la Seguridad Social por parte de sus empleadores, lo que les brinda acceso a la cobertura de salud y otros beneficios.
- Las empleadas de hogar tienen derecho a baja por enfermedad: En caso de incapacidad temporal empleadas de hogar, tienen derecho a recibir una baja médica remunerada, durante la cual continúan percibiendo su salario habitual.
- Las empleadas de hogar tienen derecho a vacaciones pagadas: Todas las empleadas del hogar, tienen derecho a disfrutar de períodos de vacaciones de 30 días naturales remunerados y a los días festivos establecidos por ley, independientemente si trabaja a jornada completa como a tiempo parcial.
- Las empleadas del hogar tienen derecho a contrato y jornada laboral justa: Las empleadas del hogar tienen por norma una jornada laboral establecida en su contrato, como el resto de trabajadores, con un límite máximo de 40 horas / semana, así como a períodos de descanso diarios y semanales, en función de su jornada.
- Las empleadas de hogar tienen derecho a finiquito: No pueden ser despedidas de manera injustificada y tienen derecho a una indemnización en caso de despido improcedente.
- Las empleadas de hogar tienen derecho a baja por maternidad: Deben recibir protección especial en caso de embarazo, incluyendo la prohibición de ser despedidas durante el embarazo y el derecho a la baja por maternidad.
- Las empleadas de hogar tienen derecho a paro: Las empleadas del hogar tienen derecho a acceder a la prestación por desempleo en caso de finalización de su contrato laboral, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la ley.
- Las empleadas de hogar tienen derecho a jubilación: Tienen derecho a cotizar para su pensión de jubilación, e incluso podrán integrarse las lagunas de cotización de su vida laboral para mejorar su pensión de jubilación, lo que les permite acceder a una prestación económica cuando llegue el momento de retirarse del mercado laboral.
Con estas modificaciones, se está avanzando gradualmente en la regulación de la situación de las empleadas de hogar y se está otorgando el valor que merecen a los trabajos de cuidado, que a menudo recaen en las mujeres y suelen implicar un gran esfuerzo físico y mental. Estos trabajos deben ser regulados, respaldados por la ley y valorados por la sociedad.
A pesar de que aún queda mucho camino que recorrer, la lucha por mejorar las condiciones de trabajo y regulación empleadas de hogar, ha actuado como motor para el reconocimiento de los derechos de las empleadas de hogar y la inclusión en el Regimen de Empleados del Hogar.
En Gestoría en Casa, nos aseguramos que tanto empleadores como empleadas de hogar tomen conciencia de regularizar la situación laboral y se cumplan los derechos y las normativas vigentes, incluyendo cualquier modificación o actualización legal o laboral en la normativa empleadas de hogar.
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