El sistema especial de empleados de hogar es un régimen específico de la Seguridad Social que regula las relaciones laborales entre las personas que trabajan en el ámbito doméstico y sus empleadores. Este régimen se aplica a aquellos trabajadores que realizan tareas en hogares particulares, tales como cuidado de niños y personas mayores, limpieza, cocina, etc.
En este sentido, es importante destacar que la cotización a la Seguridad Social de los empleados de hogar ha sufrido algunas modificaciones en los últimos años, las cuales pueden afectar tanto al salario neto que percibe el empleado como a la cuota que debe abonar el empleador.
Con la entrada del año 2023, es importante estar actualizado sobre las nuevas cotizaciones que afectan al sistema especial de empleados de hogar, ya que las mismas afectarán directamente al salario neto que percibe el empleado y, a la cuota de seguridad social que nos cobrará la seguridad social.
Cotizaciones empleadas de hogar 2023
El Real Decreto Ley 16/2022, publicado el 6 de septiembre, junto con la Ley 31/2022 que aprobó los presupuestos generales del estado, ha establecido las nuevas bases de cotización para el año 2023. Estas bases han sufrido cambios significativos, ya que se ha pasado de 10 a 8 tramos, quedando de la siguiente manera:

Cotizaciones seguridad social empleadas hogar
Con la entrada del año 2023, se han actualizado algunos tipos de cotización que afectan tanto a la parte empleadora como a la trabajadora, según la Ley 31/2022 de 23 de diciembre (PGE). A continuación, detallamos los tipos de cotización aprobados:
Contingencias comunes: Los porcentajes de cotización para las contingencias comunes se mantienen iguales que en años anteriores, siendo un 23,6% a cargo del empleador y un 4,7% a cargo del trabajador.
Contingencias profesionales (accidente de trabajo): El tipo de cotización para contingencias profesionales se mantiene en un 1,5%, que es aportado exclusivamente por el empleador.
Desempleo: Con la entrada de año, se han actualizado los tipos de cotización al desempleo para los trabajadores del sistema especial de empleados de hogar, de acuerdo con los mismos criterios que para un trabajador del régimen general. Para los contratos indefinidos, el tipo de cotización por desempleo es del 7,05%, siendo un 5,50% a cargo del empleador y un 1,55% a cargo del trabajador. Para los contratos temporales, el tipo de cotización por desempleo es del 8,30%, siendo un 6,70% a cargo del empleador y un 1,60% a cargo del trabajador. En comparación con los tipos generales de 2022, que eran del 6,05%, con un 5% a cargo del empleador y un 1,05% a cargo del trabajador, estos nuevos tipos son más elevados.
FOGASA: El tipo de cotización para el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) se mantiene en un 0,2%, que es aportado exclusivamente por el empleador.
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): A partir de enero de 2023, todos los trabajadores, incluidos los del sistema especial de empleados de hogar, deben empezar a cotizar por el MEI, que se aprobó con la Ley 21/2021 de 28 de diciembre. Esta aportación tiene como objetivo recaudar fondos para la hucha de las pensiones y hacer frente a las futuras pensiones. Tiene carácter temporal y se prevé que estará en las nóminas durante los próximos 10 años. El tipo de cotización para el MEI es del 0,6%, siendo un 0,5% a cargo del empleador y un 0,1% a cargo del trabajador.
Bonificaciones seguridad social empleadas de hogar
La Ley de presupuestos generales del estado establece ciertas bonificaciones en el sistema especial de empleados de hogar que se mantienen para el año 2023.
En cuanto a las contingencias comunes, se sigue aplicando una bonificación del 20% en la aportación del empleador, para cualquier tipo de contratación en el sistema especial de empleados de hogar. Además, se mantiene la bonificación del 45% en la aportación del empleador para las contingencias comunes en caso de contratación de familias numerosas, pero solo hasta el 1 de abril de 2023, fecha en la cual se espera que se publiquen nuevas bonificaciones que sustituyan las actuales.
Por otro lado, se mantiene la bonificación del 80% en la aportación del empleador al FOGASA, el cual es un fondo que tiene como finalidad el pago de indemnizaciones y salarios pendientes de pago en caso de insolvencia del empleador.
En relación al desempleo, también se mantiene la bonificación del 80% en la aportación del empleador. Es importante destacar que esta bonificación se aplica al tipo de cotización por desempleo que se ha actualizado con la entrada del año 2023, el cual varía en función del tipo de contrato (temporal o indefinido).
En resumen, la Ley de presupuestos generales del estado establece ciertas bonificaciones en el sistema especial de empleados de hogar que se mantienen para el año 2023, lo cual puede ser de interés tanto para empleadores como para trabajadores en este ámbito.

Otras bonificaciones empleadas de hogar a las que puedes tener acceso
Además de las bonificaciones mencionadas anteriormente en el sistema especial de empleados de hogar, existen otras bonificaciones a las que los empleadores pueden tener acceso cumpliendo ciertos requisitos.
BONIFICACIÓN POR FAMILIA NUMEROSA
Hasta el 1 de abril de 2023, está vigente una bonificación adicional del 45% en la cuota de contingencias comunes del empleador para familias numerosas. Para poder aplicar esta bonificación, tanto el empleador como su cónyuge deben estar trabajando en activo y solicitarla a la Seguridad Social.
A partir de abril de 2023, entrará en vigor una nueva bonificación que irá del 30% al 45% de la cuota de contingencias comunes del empleador, en función de la renta del mismo. Esta nueva bonificación sustituirá a la actual bonificación por familia numerosa, pero aún está pendiente de desarrollo reglamentario.
BONIFICACIÓN TRABAJADORA EN SITUACIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL
En el caso de que la trabajadora esté en situación de incapacidad temporal y tenga 62 años o más. En este caso, el empleador puede beneficiarse de una reducción del 75% en la cuota de contingencias comunes mientras dure la baja médica de la trabajadora. Esta bonificación está regulada en la Ley 21/2021 de 28 de diciembre.
BONIFICACIÓN EN CASO DE PERMISO POR NACIMIENTO DEL MENOR
En el caso de permiso por nacimiento del menor, se reconoce el derecho a una bonificación del 100% de las cuotas de Seguridad Social a cargo del empleador, si durante el permiso por nacimiento del menor se contrata a un trabajador en las mismas condiciones que esté desempleado. Esta bonificación se verá modificada a partir del 1 de septiembre de 2023 con la entrada en vigor del Real Decreto Ley 1/2023.
Las bonificaciones en el sistema especial de empleados de hogar pueden resultar beneficiosas para los empleadores que cumplan con ciertos requisitos y condiciones.
Por tanto, es recomendable que los empleadores estén al tanto de las distintas opciones y consulten con expertos para aprovechar al máximo las ventajas fiscales y laborales disponibles en este ámbito.
Gestoría en casa te ayuda en todas las gestiones con tu empleada del hogar
Contar con Gestoría en casa para la tramitación de la contratación de empleadas del hogar puede resultar muy beneficioso en diversos aspectos, especialmente en relación a las bonificaciones y ayudas disponibles para los empleadores.
En primer lugar, los gestores especializados en contratación de empleados del hogar están al tanto de todas las normativas y requisitos necesarios para cumplir con las obligaciones legales de la contratación y para obtener las bonificaciones y ayudas disponibles en cada momento. De esta forma, se aseguran de que el empleador cumpla con todas las obligaciones legales y administrativas para evitar posibles sanciones.
En segundo lugar, los gestores pueden ayudar a los empleadores a obtener las bonificaciones disponibles en cada momento, lo que puede suponer un importante ahorro en los costes laborales. Como se ha mencionado anteriormente, existen diversas bonificaciones y ayudas disponibles para los empleadores
Además, un gestor puede encargarse de toda la tramitación de las bonificaciones disponibles, lo que puede resultar muy útil para aquellos empleadores que no tienen conocimientos en materia administrativa o que no disponen del tiempo necesario para realizar estas gestiones. De esta forma, se aseguran de que se han realizado todas las gestiones necesarias para obtener las bonificaciones a las que tienen derecho.