Tener a tu empleada de hogar correctamente dada de alta en la Seguridad Social durante 2025 no solo te protege de sanciones. También te da acceso a importantes beneficios fiscales y ventajas fiscales que puedes aprovechar ahora en tu declaración de la renta 2025: bonificaciones que redujeron tu cuota mensual a lo largo del año, y deducciones autonómicas en el IRPF que, en muchos casos, no aparecen automáticamente en el borrador y hay que añadir manualmente.
¿A qué ejercicio hace referencia este artículo?
Este artículo se refiere al ejercicio fiscal 2025 (lo que ocurrió en tu hogar durante el año 2025) que se declara en la Campaña de la Renta 2025, abierta del 8 de abril al 30 de junio de 2026. Si tuviste empleada de hogar contratada durante 2025, esto te afecta directamente.
Lo primero que debes saber antes de hacer la declaración de la renta 2025
Muchas personas piensan que el salario que pagaron por contratar empleada de hogar durante 2025 se puede deducir como gasto en el IRPF. Esto no es correcto.
A diferencia de los trabajadores del Régimen General, el empleador doméstico no actúa como retenedor del IRPF. No presenta modelos trimestrales y no puede incluir el salario como gasto deducible en su renta personal. El salario bruto se paga íntegro, y es la propia trabajadora quien gestiona su situación fiscal.
Los beneficios fiscales reales: las bonificaciones que se aplicaron en tus cuotas mensuales a la Seguridad Social durante 2025, y las deducciones autonómicas en el IRPF que reconocen muchas Comunidades Autónomas por contratar empleada de hogar legalmente para el cuidado de personas.
Bonificaciones Seguridad Social 2025
Cuando hablamos de beneficios fiscales por contratar empleada de hogar, estamos hablando de dos tipos de ventajas:
Por un lado, las reducciones en las cuotas de la Seguridad Social. Estas actúan directamente sobre la cuota mensual que pagas como empleador. Se aplicaron (o debieron aplicarse) automáticamente a lo largo de 2025, siempre que la relación laboral estuviera formalizada y la empleada de hogar correctamente dada de alta en el Sistema Especial de Empleados de Hogar. Sin eso, no hay deducción posible.
Por otro, las deducciones en el tramo autonómico del IRPF, que se aplican directamente sobre la cuota a pagar en la declaración de la renta 2025. A nivel estatal no existe una deducción general por tener empleada de hogar contratada. Son las comunidades autónomas las que, cada una con sus propias condiciones, han habilitado estas ventajas fiscales para apoyar a las familias que asumen el cuidado en casa: especialmente cuando hay personas mayores, con discapacidad o en situación de dependencia.
Reducciones en la cuota de la Seguridad Social:
- 20% Reducción general: Sobre la cuota de contingencias comunes. Para todos los empleadores sin excepción. Automática desde el primer mes.
- 80% Desempleo y FOGASA: Reducción sobre las cuotas de desempleo y Fondo de Garantía Salarial. Compatible con las anteriores.
- 45% Familias numerosas: Sobre la cuota de contingencias comunes. Requiere título de familia numerosa vigente y cumplir requisitos específicos.
- 100% Víctimas de violencia de género: Contratos de interinidad que sustituyan a empleadas víctimas de violencia de género o sexual.
La bonificación del 45% y la del 20% son incompatibles entre sí. Se aplica una u otra. Si eres familia numerosa y cumples los requisitos, siempre conviene el 45%. Ambas son compatibles con la reducción del 80% en desempleo y FOGASA.
Requisitos para la bonificación del 45% por familias numerosas:
- Disponer de título de familia numerosa en vigor (categoría general: 3 o 4 hijos; categoría especial: 5 o más hijos).
- En familias numerosas de categoría general: ambos progenitores deben trabajar fuera de casa.
- Solo aplica a una única empleada de hogar por unidad familiar.
- Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y las haciendas tributarias.
¿No ves reflejadas estas reducciones en tus liquidaciones de 2025? Puede haber un error en la gestión. Consulta con tu gestoría para revisarlo: en algunos casos es posible regularizarlo.
Declaración de la Renta 2025: deducciones en el IRPF por CCAA
Aquí es donde se concentra la mayor parte del ahorro fiscal que los empleadores no están aprovechando. Varias comunidades autónomas reconocen importantes beneficios fiscales y deducciones en el tramo autonómico del IRPF por contratar empleada de hogar legalmente durante 2025, especialmente cuando el motivo fue el cuidado de personas dependientes.
Punto crítico: estas ventajas fiscales no aparecen en el borrador de Renta Web. Tienes que añadirlas manualmente en el apartado de deducciones autonómicas de tu Declaración de la Renta 2025, o encargarlo a tu gestoría antes del 30 de junio de 2026.
| Comunidad Autónoma | ¿Tiene deducción? | Deducción y límite | Requisito principal |
|---|---|---|---|
| Andalucía | Sí | 20% cuotas SS · máx. 500 €/año | Relación laboral formalizada, pagos bancarizados |
| Aragón | Parcial | Hasta 300 € por cuidado de personas dependientes | No es exclusiva de empleada de hogar; aplica si el gasto está vinculado a atención continuada |
| Cantabria | Sí | 20% cuotas SS · máx. 300 €/año | Contribuyente o cónyuge mayor de 75 años. Pagos bancarizados |
| Castilla y León | Sí | 15% cuotas SS · máx. 300 €/año | Empleada dada de alta en el Sistema Especial. Empleador al corriente de pagos |
| Cataluña | Sí | 20% cuotas SS · máx. 500 €/año | Residencia habitual en Cataluña. Contratación legal para cuidado de menores, mayores o dependientes |
| Comunitat Valenciana | Sí | 50% cuotas SS · hasta 660 € (descendientes) / 330 € (ascendientes) / 1.100 € (2+ menores o monoparental) | Contrato indefinido. Contribuyente en activo. Base liquidable máx. 30.000 € individual / 47.000 € conjunta |
| Galicia | Parcial | 30% sobre cantidades pagadas · máx. 400 € (600 € con 2+ hijos menores de 3 años) | Solo para cuidado de hijos menores de 3 años. Relación laboral formalizada |
| Comunidad de Madrid | Sí | 40% gastos satisfechos · máx. 618,60 €/año por hijo menor de 3 años. Ayuda directa adicional de hasta 4.000 € | Empleada dada de alta en el Sistema Especial. Pagos bancarizados. Menor conviviente en la unidad familiar |
| Murcia | Parcial | Hasta 600 € por acogimiento de mayores de 65 años o con discapacidad | No es exclusiva de empleada de hogar. Relación laboral regularizada y justificada |
| País Vasco y Navarra | Foral | Régimen foral propio con beneficios específicos | Consultar hacienda foral correspondiente |
| Resto de CCAA | Sin deducción específica | Sin deducción autonómica específica por empleada de hogar con carácter general | Pueden existir ayudas vinculadas a dependencia o conciliación. Consultar normativa autonómica |
Beneficios por contratar empleada de hogar en la Comunidad Valenciana
Por ser la deducción mejor documentada por la Agencia Tributaria y una de las más completas del país, la desarrollamos en detalle:
- Persona a cargo (descendientes): menores de 5 años nacidos, adoptados o acogidos que cumplan los requisitos de convivencia y renta para el mínimo por descendientes.
- La suma de base liquidable general y del ahorro no puede superar 30.000 € (individual) ni 47.000 € (conjunta). La deducción se reduce progresivamente entre 27.000–30.000 € o 44.000–47.000 € respectivamente.
- Persona a cargo (ascendientes): mayores de 75 años, o mayores de 65 años con discapacidad física, orgánica o sensorial igual o superior al 65%, o discapacidad intelectual o mental reconocida de manera permanente igual o superior al 33%, que cumplan requisitos de convivencia y renta para el mínimo por ascendientes.
- El contribuyente debe trabajar por cuenta propia o ajena, percibiendo rendimientos del trabajo o de actividades económicas.
- Si dos contribuyentes tienen derecho, el límite se prorratea entre ellos a partes iguales.
- Contrato de trabajo de carácter indefinido.
Deducciones fiscales incompatibles:
Estas ventajas fiscales no son compatibles deducciones por cantidades destinadas a custodia no ocasional en guarderías y centros de educación infantil (menores de 3 años); deducción por conciliación del trabajo con la vida familiar; o la deducción por ascendientes mayores de 75 años o mayores de 65 años con discapacidad.
¿Cómo se cumplimenta esto en la Declaración de la Renta 2025?
Estas deducciones fiscales por tener contratada una empleada de hogar van en el apartado de deducciones autonómicas de Renta Web.
Deberás consignar el importe de las cotizaciones que dan derecho a la deducción y el NIF de la persona empleada.
También debes indicar el número de descendientes o ascendientes que generan el derecho y si formas parte de una familia monoparental. No aparece precumplimentada en el borrador.
Ejemplo práctico para verlo más claro:
Caso real · Comunitat Valenciana · Ejercicio fiscal 2025
Familia con cuidadora contratada para su madre mayor de 75 años
Contrato indefinido. Jornada completa. Salario mensual 1.184 € brutos (SMI 2025). Empleadora que trabaja por cuenta ajena. Base liquidable individual: 25.000 €.
* Importes aproximados e ilustrativos. El ahorro real depende del salario pactado, la base de cotización y la situación fiscal de cada contribuyente.
Pasos para aplicar los beneficios fiscales en la Renta 2025
Verifica que el alta de 2025 estaba correctamente tramitada
Sin alta en el Sistema Especial de Empleados de Hogar durante 2025, ningún beneficio es aplicable. Es el requisito sin el cual lo demás no existe.
Comprueba que la reducción del 20% se aplicó en tus cuotas mensuales
Revisa los recibos de liquidación de la Seguridad Social del año 2025. Si no la ves reflejada, consúltalo con tu gestoría.
Accede a Renta Web y no aceptes el borrador sin revisar las deducciones autonómicas
Ve al apartado de deducciones autonómicas de tu comunidad. Busca las relacionadas con empleada de hogar o cuidado de personas. No las verás precargadas: tienes que añadirlas tú.
Ten a mano: total de cuotas SS pagadas en 2025 y NIF de la empleada
Son los datos que deberás consignar. Tu gestoría puede facilitarte el resumen de cotizaciones del año.
El plazo termina el 30 de junio de 2026
Una vez cerrada la campaña, no podrás aplicar estas deducciones. Si tienes dudas, consulta con un profesional antes de que venza el plazo.
¿Necesitas poner al día los trámites de tu empleada de hogar?
El ahorro por haber tenido empleada de hogar en 2025
Si tuviste una empleada de hogar contratada legalmente el año pasado, tienes derecho a aplicar una serie de beneficios fiscales en tu declaración de la renta 2025. Pero para hacerlo correctamente, necesitas tener la documentación en orden.
Esto es lo que deberías tener a mano:
- El NIF de la trabajadora.
- El contrato de trabajo firmado por ambas partes.
- El alta en el Sistema Especial para Empleados del Hogar de la Seguridad Social.
- Los justificantes de las cotizaciones abonadas durante 2025.
- Los extractos bancarios que acrediten los pagos de salario y cuotas.
El resumen de lo que puedes ahorrar:
Reducción del 20% en la cuota patronal por contingencias comunes — automática para todos los empleadores durante todo 2025.
Reducción del 45% si eres familia numerosa con título vigente y cumples los requisitos (incompatible con la del 20%).
Reducción del 80% en las cuotas de desempleo y FOGASA — compatible con las anteriores.
Reducción del 100% en contratos de interinidad por sustitución de víctimas de violencia de género.
Deducción autonómica en el IRPF si resides en Comunitat Valenciana, Canarias, Castilla y León u otras CCAA con beneficio, y cumples los requisitos de renta y tipo de cuidado.
Condición imprescindible para todo: la empleada debía estar dada de alta correctamente en el Sistema Especial de Empleados de Hogar durante 2025.
Y aquí es donde contar con una gestoría especializada marca la diferencia real. Cuando Gestoría en Casa gestiona la relación laboral desde el primer día — el alta, el contrato, las nóminas y las cotizaciones — toda esa documentación queda ordenada, correcta y lista para que puedas empezar a beneficiarte de todas estas ventajas fiscales.